Clases de Comparación (Derecho Comparado 5)
CLASES DE COMPARACIÓN EN EL DERECHO
COMPARACIÓN TOTAL
La comparación total es cuando se comparan dos o más objetos jurídicos en su integridad, por lo cual son supuestos de esta los siguientes: comparación total entre códigos, instituciones jurídicas, jurisprudencias, ejecutorias, costumbres, realidades sociales, entre otras fuentes del derecho, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los comparatistas.
COMPARACIÓN PARCIAL
La comparación parcial es cuando se comparan dos o mas objetos jurídicos parcialmente, por lo cual son supuestos de esta los siguientes: comparación parcial de códigos, leyes y otras fuentes del derecho, entre las cuales podemos citar jurisprudencia, ejecutorias, costumbre, doctrina, realidad social, principios generales del derecho, principios específicos de cada rama del derecho, es decir, se trata de un tema bastante interesante.
COMPARACION INTERNA
La comparación interna es cuando se comparan dos o más objetos jurídicos del estado peruano, para los peruanos, y en este orden de ideas podemos citar los siguientes supuestos: comparación de dos códigos peruanos, constituciones peruanas, jurisprudencias, ejecutorias, costumbres, doctrina, entre otras fuentes del derecho, pero todas las mencionadas peruanas, cuando el lugar de estudio es el derecho peruano.
COMPARACIÓN EXTERNA
La comparación externa es cuando se comparan dos o más objetos jurídicos del extranjero, entre los cuales podemos tener en cuenta las fuentes del derecho o ramas del derecho pero que sean extranjeras, lo cual puede motivar los correspondientes estudios por parte de los tratadistas.
COMPARACIÓN INTERNACIONAL
La comparación internacional es cuando se comparan dos o mas objetos jurídicos de diferentes estados, por ejemplo cuando se compara dos constituciones de diferentes países, o dos o mas costumbres de diferentes países, o jurisprudencias en dos o mas países, o ejecutorias en dos o mas países, o ley en dos o mas países, o comparación de jurisprudencia de un país con costumbre de otro país y con ley de un tercer país, entre otros tantos supuestos.
COMPARACIÓN DENTRO DE LA MISMA RAMA DEL DERECHO
La comparación dentro de la misma rama del derecho puede ser interna o externa o internacional. Por ejemplo cuando se compara el derecho de sociedades en dos o mas países, o el derecho bancario en un país, o el derecho cartular en dos países, o el derecho cambiario en dos o mas países, u otra rama del derecho.
COMPARACIÓN DE DIFERENTES RAMAS DEL DERECHO
La comparación de diferentes ramas del derecho es cuando se compara por ejemplo el derecho societario con el derecho cambiario, el derecho civil con el derecho procesal civil, o el derecho bursátil con el derecho bancario, o el derecho penal con el derecho procesal penal, o el derecho procesal penal con el derecho procesal civil, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
COMPARACIÓN DE LA MISMA FUENTE DEL DERECHO
La comparación de la misma fuente del derecho es cuando se compara una fuente del derecho, por ejemplo la ley, doctrina, realidad social, costumbre, principios generales del derecho, principios específicos del derecho, jurisprudencia, ejecutorias, entre otras. Dejando constancia que las fuentes del derecho son más de veinte las cuales hemos estudiado en otra sede en la cual estudiamos o desarrollamos la enseñanza del derecho comparado.
COMPARACIÓN DE DISTINTAS FUENTES DEL DERECHO
La comparación de distintas fuentes del derecho es cuando se compara distintas fuentes del derecho, por ejemplo la ley con la doctrina, la costumbre con la realidad social, la doctrina con la costumbre, la costumbre con la ley, los principios generales del derecho con la ley, la ley con los principios específicos del derecho, entre otros supuestos.
Recuperado de:
http://www.monografias.com/trabajos68/derecho-comporado-comparaciones-juridicas/derecho-comporado-comparaciones-juridicas2.shtml#ixzz4pvGns8ju
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