Generalidades (Derecho Comparado 3)
GENERALIDADES
El derecho comparado no sólo es útil para hacer comparaciones jurídicas, por lo cual es claro que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas comparatistas para que de esta manera puedan dar a conocer sus conocimientos en un mundo que es cada vez mas competitivo, lo cual merece los estudios por parte de los tratadistas. Y en todo caso se hacen necesarios los estudios necesarios a efecto de determinar la importancia del derecho comparado, para lo cual deben los autores dar a conocer sus opiniones, en un medio en el cual todo es cada vez mas necesario y urgente, por ello, esperamos que en el derecho peruano se realicen mayor número de publicaciones sobre el derecho comparado, no sólo externo e internacional, sino también interno, lo que debe ser materia de estudio a efecto de poder realizar aportes al derecho.
El derecho comparado debe ser estudiado por todos los abogados, ya que si no es estudiado como disciplina principal, puede ser estudiado como complemento, lo cual debe motivar los correspondientes estudios de investigación.
Cuando uno hace comparaciones o propone recepciones, en doctrina se conoce este hecho como hacer derecho comparado, lo cual debe motivar los estudios correspondientes.
Si un jurista no conoce el derecho comparado es claro que no podrá dominar a cabalidad la rama del derecho o disciplina jurídica materia de estudio, por ejemplo si se dedica al derecho civil, no podrá dominar ésta si no conoce o domina el derecho comparado, por lo tanto, sugerimos o dicho de otra forma proponemos su estudio, a efecto de poder dominar mas o conocer mejor el derecho, todo esto a través del estudio del derecho comparado. Y esto no sólo ocurre en el derecho civil, sino en todas las ramas del derecho y disciplinas jurídicas, por ello, este tema debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.
Si un jurista conoce el derecho comparado es claro que puede conocer mejor o dominar mejor el derecho nacional, por lo cual es claro que conviene estudiar derecho comparado, para que se pueda conocer las diferencias y similitudes con otros sistemas jurídicos o diferencias dentro del mismo, porque el derecho comparado no sólo puede ser externo o internacional, sino que también puede ser interno.
Recuperado de:
http://www.monografias.com/trabajos68/derecho-comporado-comparaciones-juridicas/derecho-comporado-comparaciones-juridicas.shtml#ixzz4pvEwdBTv
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